Los profesionales que no estén ejerciendo la profesión podrán solicitar que su matrícula sea suspendida por el tiempo que fuera requerido, presentando previamente una declaración jurada en que figuren las razones por las que se solicita esta suspensión. Seguirá manteniendo su número de matrícula sin obligación de pago por el período que dure la suspensión, excepto para las suspensiones o retiros de matrícula determinados por el Poder Judicial.
TRAMITE DE BAJA O SUSPENSIÓN
En cumplimiento de los requisitos enunciados en la resolución N°01/18, se deberá proceder del siguiente modo:
1. Presentar modelo de nota de baja una nota en donde conste:
1.1. Manifestar en carácter de declaración jurada del motivo de la baja (descargar nota modelo), el cual debe encuadrar dentro de alguno de los enunciados a continuación:
a) No ejercicio de la profesión, ya sea en forma independiente como en relación de dependencia.
b) Cambio de domicilio real laboral de ejercicio profesional, por fuera de la jurisdicción de este Consejo.
c) Traslado al exterior del país.
d) Enfermedad grave o indispensable descanso u otros motivos de evidente justificación, que habrá que acreditar.
d) Jubilación terminada o en trámite.
1.2. Explicitar el tiempo de vigencia de la baja, teniendo en cuenta que deberá adecuarse al siguiente podrá ser por:
a) Tiempo determinado: Los períodos son anuales y renovables a solicitud del interesado antes del vencimiento. Cabe señalar que, expirado el plazo de la baja, el CPGCH rehabilitará la Matrícula, efectuando el cargo correspondiente al derecho de ejercicio que se encontrara al cobro, sin mediar comunicación previa al profesional.
b) Tiempo indeterminado: Se otorga por tiempo indefinido y la rehabilitación debe ser solicitada por el Matriculado mediante nota.
c) Cancelación permanente o definitiva: esta se producirá ante el fallecimiento del matriculado o su jubilación.
2. Encontrarse al día con el pago del derecho de ejercicio profesional, al momento de ser solicitada la baja.
Consideraciones generales para la baja de Matrícula:
- Una vez completada la nota de pedido de baja, la misma deberá ser la firmada por el profesional. A la misma se le adeberá adjuntar fotocopia del DNI.
- Se deberá enviar en forma adjunta información que acredite la baja, en relación de dependencia ó de modo independiente, de la actividad profesional (certificado de AFIP, ANSES o en caso de enfermedad, certificado médico). Los datos consignados serán evaluados y verificados con los empleadores, la AFIP, ANSES y demás registros que en su caso correspondan fin de constatar la veracidad de los datos. Cumplido esto se elevará al Consejo Directivo.
Modalidad Presencial
Los profesionales que residan a menos de 200 km y deseen suspender la matrícula, a su pedido, deberán acercarse en forma personal al Colegio, portando su DNI para acreditar su indentidad, para entregar y firmar el formulario correspondiente.
Modalidad a Distancia
Aquellos profesionales que residan fuera de la provincia o a mas a más de 200 km de la sede del CPGCH podrán gestionar la suspensión a distancia, enviando por correo postal la documentación correspondiente y fotocopia de DNI.
REACTIVACIÓN DE LA MATRICULA
En caso de reanudar la actividad profesional en jurisdicción de la provincia del Chubut, se deberá solicitar el alta de su matrícula, siguiendo los siguientes pasos administrativos estipulados por el CPGCH:
A) Enviar Nota Modelo de solicitud de Alta de la Matrícula, la cual solo podrá ser concedida luego de transcurrido como mínimo, un año calendario desde la cancelación voluntaria de la misma.
B) Se deberá presentar nota modelo a la Comisión Directiva, solicitando la rehabilitación de la matrícula para el ejercicio profesional correspondiente.
C) El pedido será sujeto a análisis para su aprobación por parte del Consejo Directivo de la institución.
D) El matriculado deberá abonar toda deuda que posea con la Institución. El monto a cancelar por cada año adeudado será el equivalente a la suma actualizada de la matrícula anual, sumado tantas veces como años se adeuden.
E) El matriculado deberá abonar el pago del monto estipulado como derecho de ejercicio profesional (matricula anual vigente), que le correspondiere al valor fijado para ese año.
F) Una vez aprobado el trámite, se le dará de alta nuevamente, respetando su número de matrícula original.
*Cualquier tipo de trámite administrativo solicitado al colegio demandará, en su ejecución, un lapso de tiempo que se podrá extender hasta 15 días hábiles contados desde la fecha de recepción del pedido o de la documentación.